MEDILESER S.A.C. cuenta con un Organismo de inspección tipo C que realiza verificación inicial y posterior de medidores de agua potable.
El Organismo de Inspección está acreditado con la norma NTP ISO/IEC 17020, por la Dirección de Acreditación de INACAL, con número de registro OI-40, con lo cual garantiza su competencia, imparcialidad y coherencia de los servicios de verificación inicial y posterior.
Asimismo, cuenta con autorización por la Dirección de Metrología del INACAL como Unidad de Verificación Metrológica (UVM), con número de registro UVM-005, que le permite realizar control metrológico a los medidores de agua potable.
ALCANCE
El alcance de acreditación y autorización otorgado por INACAL, abarcan los servicios de verificación inicial y posterior de medidores de agua con diámetros de 15mm, 20mm y 25mm, bajo normas específicas.
SERVICIO DE VERIFICACIÓN INICIAL Y POSTERIOR

La verificación de medidores de agua potable se realiza solo a aquellos que cuenten con certificados de aprobación u homologación de modelo vigentes.
La verificación inicial de medidores de agua está comprendida por:
- 1 ensayo de presión estática
- 3 ensayos de errores de indicación (en Q3, Q2 y Q1)
La verificación posterior solo comprende los ensayos de errores de indicación (en Q3, Q2 y Q1)
A continuación, se presentan los flujos de servicio de verificación inicial y posterior.
Nuestros servicios se realizan en nuestro laboratorio con:
- Personal competente
- Instrumentos de medición calibrados
- Instalaciones adecuadas
- Procesos coherentes bajo un sistema de gestión
Brindando resultados confiables, imparciales, manteniendo la reserva de la información de nuestros clientes, tal como se indica en nuestra política de calidad.
ATENCIÓN DE QUEJAS Y APELACIONES
Quejas
Expresión de insatisfacción, diferente de la apelación, presentada por una persona u organización a un organismo de inspección, relacionada con las actividades de dicho organismo, para la que se espera una respuesta. (NTP ISO/IEC 17020).
Apelación
Solicitud del proveedor del ítem de inspección al organismo de inspección de reconsiderar la decisión que tomó en relación a dicho ítem. (NTP ISO/IEC 17020).
En caso de tener alguna queja o apelación, revise nuestro flujo para el tratamiento de quejas y apelaciones.
Asimismo, puede registrar su queja o apelación en el siguiente Formulario online:
Recuerde anexar los documentos que sustentan su queja o apelación para que proceda su tratamiento.
Actos de soborno
En el caso de presenciar actos de soborno, favor de registrarlo en el siguiente formulario online:





